Sétima.- Pago con error
Cuando al realizarse el pago de la deuda tributaria se incurra en error al indicar el tributo o multa por el cual éste se efectúa, la SUNAT, a iniciativa de parte o de oficio, verificará dicho hecho. De comprobarse la existencia del error se tendrá por cancelada la deuda tributaria o realizado el pago parcial respectivo en la fecha en que el deudor tributario ingresó el monto correspondiente.La SUNAT esta autorizada a realizar las transferencias de fondos de los montos referidos en el párrafo anterior entre las cuentas de recaudación cuando se encuentren involucrados distintos entes cuyos tributos administra. A través de Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se reglamentará lo dispuesto en este párrafo.
La solicitud se acompaña de las copias de los documentos de identidad del contribuyente o representante legal, de la persona autorizada y de las copias de las boletas de pago a modificar.
Solicitud SUNAT Reconocimiento Pago Efectuado Con Error – TodoDocumentos.info by César Santiago Flores Huallpa
Puedes descargar este modelo (sin llenar) desde los siguientes servidores: