El día de hoy, 22/07/2015, se publicó la siguiente norma en el boletín de El Peruano del día:
Aprueban el Documento Técnico: “Metodología para el análisis de situación de salud local”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 439-2015/MINSA
Lima, 17 de julio del 2015
Visto, el Expediente N° 14-109245-001 que contiene el Memorándum N° 990-2015-DGE-DIS/MINSA, de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
Que, el artículo 123 de la precitada ley, modificada por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud de nivel nacional. Como organismo del Poder Ejecutivo tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud;
Que, el literal a) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que es función rectora del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación y rehabilitación en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
Que, los literales a) y b) del artículo 57 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, establece entre otras funciones de la Dirección General de Epidemiología, el diseñar, normar y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, en el ámbito nacional, así como diseñar, normar y conducir el proceso de análisis de la situación de salud para la determinación de prioridades sanitarias, como base del planeamiento estratégico en salud;
Que, los literales b) y c), del artículo 59 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N°023-2005-SA, señala que la Dirección General de Epidemiología, a través de la Dirección de Inteligencia Sanitaria, es responsable de diseñar y optimizar metodologías y herramientas para el análisis de situación de salud para la determinación de prioridades sanitarias, como base del planeamiento estratégico en Salud; y proponer e implementar las normas de Análisis de Situación de Salud para el desarrollo de los procesos en el ámbito nacional;
Que, por Resolución Ministerial N° 329-2011/MINSA, se aprobó el Documento Técnico: “Metodología para el análisis de situación de salud local”. Sin embargo, la Dirección General de Epidemiología ha elaborado el nuevo Documento Técnico: “Metodología para el análisis de situación de salud local”, a fin de generar evidencias para la toma de decisiones en salud pública y la gestión de políticas públicas -locales, regionales y nacionales- oportunas con impacto en la salud de la población peruana;
Que, estando a lo propuesto por la Dirección General de Epidemiología;
Con el visado del Director General de la Dirección General de Epidemiología, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Viceministro de Salud Pública; y,
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Documento Técnico: “Metodología para el análisis de situación de salud local”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2º.- Derogar la Resolución Ministerial N° 329-2011-MINSA 265-2009/MINSA, que aprobó el Documento Técnico: “Metodología para el análisis de situación de salud local”, así como todas las disposiciones que se opongan a la norma que se aprueba mediante la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica: http://www.minsa. qob.pe/transparencia/normas.asp. Portal institucional del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
Acá abajo, vía el portal del Ministerio de Salud, está el resto de la norma que incluye el documento técnico aprobado.
R.M. Nº 439 2015 MINSA NormasLegalesElPeruano.blogspot.com by César Santiago Flores Huallpa
El documento en PDF (cuyo peso es de 3.6 MB) lo puedes encontrar también a través de los siguientes servidores: