Actualización al 15/08/2015: Este cuadro debe de actualizarse con las modificaciones siguientes:
- Decreto Legislativo Nº 1113 – Modifican Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, publicado el 05/07/2012 (vigente desde el día siguiente).
- Resolución de Superintendencia Nº 180-2012/SUNAT – Modifican el Reglamento del Régimen de Gradualidad a fin de incorporar en él la gradualidad aplicable a las infracciones tipificadas en los numerales 1, 4 y 5 del artículo 178º del Código Tributario, publicada el 05/08/2012 (vigente desde el día siguiente).
- Resolución de Superintendencia Nº 195-2012/SUNAT – Modifican el Régimen de Gradualidad aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 063-2007/SUNAT en lo referido a las infracciones tipificadas en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 174º del Código Tributario, publicada el 25/08/2012 (vigente desde el día siguiente).
- Ley N° 30296 – Ley que promueve la reactivación de la economía, publicada el 31/12/2014 (vigente desde el día siguiente).
Si sabes de otra modificación que falte, por favor avisa: estoy actualizando el cuadro.
Tremendamente útil para el trabajo me ha resultado este cuadro que me fotocopié hace un tiempo. En él se detallan las infracciones de que se habla en el Código Tributario peruano (D.S. 135-99-EF) en sus artículos del 172º al 178º, y las sanciones correspondiente detallados en las tablas I (Personas y Entidades generadores de 3ra Categoría), tabla II (Personas que perciben rentas de 4ª Categoría, que estén el RER o que no estén incluidas en las tablas I y III) y tabla III (Nuevo Régimen Simplificado) como del Régimen de Incentivos (artículo 179º) actualizadas hasta las modificaciones hechas a través del D. Leg Nº 981 vigentes desde el 01/04/2007, además del Régimen de Gradualidad aprobado mediante la R.S. Nº 063-2007/SUNAT vigente también desde esa fecha.
[En Google Docs lo puedes encontrar aquí]
SancionesGradualidad.pdf by César Santiago Flores Huallpa
Si el archivo tarda mucho en cargar por favor avisarme para colgar una versión más ligera.