Cronograma de Vencimiento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) 2012

El día 17/01/2013 la SUNAT publicó la Resolución de Superintendencia Nº 014-2012/SUNAT que aprobaba en su primer artículo el cronograma del DAOT de este año, el cual es el siguiente:

 

Último dígito del número del
RUC

Vencimiento

6 15/02/2013
7 18/02/2013
8 19/02/2013
9 20/02/2013
0 21/02/2013
1 22/02/2013
2 23/02/2013
3 26/02/2013
4 27/02/2013
5 28/02/2013
Buenos Contribuyentes 01/03/2013

Por otro lado, en el segundo artículo de la misma norma se establece que:

Los sujetos comprendidos en el inciso b) del numeral 3.1 del artículo 3° del Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones (DAOT) con Terceros, están obligados a presentar la DAOT correspondiente al ejercicio 2012 siempre que en dicho ejercicio cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:

a) El monto de sus ventas internas haya sido superior a las setenta y cinco (75) Unidades Impositivas Tributarias.

Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas N.os 100, 105, 109, 112 y 160 del PDT IGV Renta Mensual – Formulario Virtual N.° 621, en la casilla N.o 100 del Formulario Virtual N.° 621 Simplifi cado IGV – Renta Mensual, en la casilla N.° 100 del Formulario N.° 119 – Régimen General y, de ser el caso, en las casillas N.os 100 y 105 del Formulario N.° 118 –
Régimen Especial de Renta.

b) El monto de sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción, haya sido superior a las setenta y cinco (75) Unidades Impositivas Tributarias. Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas N.os 107, 110, 113 y 120 del PDT IGV Renta Mensual – Formulario Virtual N.° 621, en la casilla N.o 107 del Formulario Virtual N.° 621 Simplificado IGV – Renta Mensual, en la casilla N° 107 del Formulario N° 119 – Régimen General y, de ser el caso, en las casillas N.os 107 y 111 del Formulario N.° 118 – Régimen Especial de Renta.

Para efectuar la referida declaración utilizarán el “PDT Operaciones con Terceros” – Formulario Virtual N.° 3500 – versión 3.3.

La Unidad Impositiva Tributaria a considerar será la vigente durante el ejercicio 2012.

Recordando, el numeral 3.1 del artículo 3º del Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones (DAOT) con Terceros (Resolución de Superintendencia Nº 024-2002/SUNAT), indica los obligados a la presentación del DAOT:

  1. Los que al 31 de diciembre del Ejercicio [2012] eran PRICOs
  2. Los que estén obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV durante el Ejercicio [2012].
  3. Las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que realicen sólo operaciones inafectas del IGV en el Ejercicio, que se encuentren obligados a presentar el «PDT Remuneraciones» – Formulario Virtual N° 0600 y que el número de trabajadores declarados correspondiente al período tributario noviembre del Ejercicio sea superior a diez (10).

La suma del monto mínimo de operaciones anuales que se haya tenido con un proveedor o cliente para que se les considere en la declaración sigue siendo de 2 UITs, que en el caso del 2012 sería de S/. 7,300 (2 UITs = S/. 3650 x 2).

Resumiendo:

OBLIGADOS A PRESENTAR EL DAOT 2012
  1. Los que tenían la condición de PRICOs al 31/12/2012
  2. Las Asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que hayan realizado sólo operaciones inafectas del IGV en el 2012, que se encuentren obligados a presentar el PDT Remuneraciones (ahora PLAME), y que en noviembre del 2012 hayan declarado más de 10 trabajadores
  3. Los que estuvieron obligados a presentar por lo menos una Declaración del IGV en el 2012 si sus compras o ventas totales en el 2012 han sido de más de 75 UITs (75 x S/. 3,650 = S/. 273,750)
OPERACIONES A DECLARAR
  • Las que se ha tenido con proveedores a los que se les haya comprado más de 2 UITs en el 2012 (2 x S/. 3650 = S/. 7,300)
  • as que se ha tenido con clientes a los que se les haya vendido más de 2 UITs en el 2012 (2 x S/. 3650 = S/. 7,300)

Por UnOsoRojo

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *