En realidad no hay muchas diferencias a trabajar en el marco del Regimen Laboral Agrario que en el Régimen Laboral General, al menos en los aspectos más importantes. La principal ventaja para el empleador no es que pague menos que a otros trabajadores sino la cuota especial de ESSALUD Agrario que es 6% y no tener que depositar CTS.
“La Ley de Promoción Agraria, no es el problema, los trabajadores de las empresas que se encuentran en el marco de dicha Ley tienen todos los beneficios laborales y son permanentemente fiscalizados por la SUNAFIL. El problema son las empresas que incumplen la ley de promoción agraria y, por lo tanto, vulneran los derechos laborales de los trabajadores”, afirma la Asociación de Gremios de Productores Agrarios del Perú (AGAP).
Fuente: Diario Gestión